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Abinader establece mediante decreto las normas para la zafra azucarera 2026-2027

SANTO DOMINGO.– El presidente Luis Abinader promulgó este lunes el Decreto núm. 719-26, mediante el cual establece las normas que regirán la zafra azucarera correspondiente al período 2026-2027, con medidas dirigidas a garantizar el abastecimiento del mercado nacional y el cumplimiento de los compromisos de exportación.

La disposición establece que de la producción total de azúcar, junto a los excedentes correspondientes al año anterior, deberán reservarse las cantidades necesarias para satisfacer la demanda del consumo nacional.

Asimismo, contempla garantizar los compromisos asumidos en mercados preferenciales, entre ellos el de Estados Unidos, además de otros destinos internacionales.

En caso de que resulte necesaria la importación de azúcar para cubrir la demanda, corresponderá al Instituto Azucarero Dominicano (INAZUCAR) emitir las licencias requeridas.

Mayor control sobre las exportaciones

El decreto establece controles sobre el comercio exterior del sector azucarero y dispone que ningún embarque de azúcar, melaza o sus subproductos podrá salir del territorio dominicano sin contar con un permiso emitido por INAZUCAR.

También establece que los Certificados de Elegibilidad sobre Cuota (CQE) para ingresar al mercado estadounidense solamente podrán ser otorgados a ingenios y empresas productoras debidamente autorizadas, quedando prohibida su emisión a terceros no autorizados.

Los ingenios podrán operar bajo programas específicos de molienda y producción, teniendo entre sus prioridades garantizar el suministro del mercado dominicano y cumplir los compromisos internacionales.

Empresas deberán reportar sus ventas internacionales

Las empresas azucareras estarán obligadas a informar detalladamente sobre sus operaciones internacionales.

Cada venta realizada hacia Estados Unidos, la Unión Europea u otros mercados deberá ser notificada dentro de los ocho días posteriores. También deberán remitir copia de los contratos correspondientes y presentar las certificaciones requeridas sobre cantidad, polarización y materias extrañas dentro de los plazos establecidos.

Los ingenios tendrán, además, que reportar mensualmente cualquier variación en sus estimaciones de producción o en el cumplimiento de las cuotas asignadas.

El decreto advierte que aquellos productores que no informen oportunamente posibles déficits podrán ser sancionados por el Poder Ejecutivo mediante reducciones proporcionales de sus cuotas para la siguiente zafra.

Con estas disposiciones, el Gobierno busca mantener un mayor control sobre la producción y comercialización del azúcar durante la zafra 2026-2027, garantizar el abastecimiento interno y atender los compromisos de exportación del país.

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